1.- \u00bfCu\u00e1nto me toca?<\/span><\/h3>\nLos premios este a\u00f1o han aumentado su cuant\u00eda<\/strong>. El gordo repartir\u00e1 4.000.000\u20ac,<\/strong> es decir, 400.000\u20ac por d\u00e9cimo premiado<\/strong>. El segundo premio<\/strong> tambi\u00e9n se ha incrementado hasta 1.200.000\u20ac<\/strong> por cada serie. Los quintos\u00a0 premios<\/strong> ascienden a 60.000\u20ac<\/strong>. La pedrea<\/strong> contar\u00e1 con\u00a01.764 premios<\/strong>.<\/p>\nLo primero que debes tener claro es que para saber la cuant\u00eda que corresponde a un d\u00e9cimo, deber\u00e1s dividir entre diez el n\u00famero premiado<\/strong>. A continuaci\u00f3n te dejamos las cantidades por serie para este a\u00f1o 2015:<\/p>\n\n\n\n1\u00ba premio o el \u2018Gordo\u2019:<\/td>\n 4.000.000 euros<\/td>\n<\/tr>\n \n2\u00ba premio:<\/td>\n 1.250.000 euros<\/td>\n<\/tr>\n \n3\u00ba premio:<\/td>\n 500.000 euros<\/td>\n<\/tr>\n \n4\u00ba premio:<\/td>\n dos premios de 200.000 euros<\/td>\n<\/tr>\n \n5\u00ba premio:<\/td>\n ocho premios de 60.000 euros<\/td>\n<\/tr>\n \nPedrea:<\/td>\n 1.794 premios de 1.000 euros<\/td>\n<\/tr>\n \nN\u00fameros anterior y posterior al 1\u00ba premio:<\/td>\n dos premios de 20.000 euros<\/td>\n<\/tr>\n \nN\u00fameros anterior y posterior al 2\u00ba premio:<\/td>\n dos premios de 12.500 euros<\/td>\n<\/tr>\n \nN\u00fameros anterior y posterior al 3\u00ba premio:<\/td>\n dos premios de 9.600 euros<\/td>\n<\/tr>\n \nCentenas del 1\u00ba, 2\u00ba y 3\u00ba premio:<\/td>\n 297 premios de 1.000 euros<\/td>\n<\/tr>\n \nCentenas del 4\u00ba y 5\u00ba premio:<\/td>\n 198 premios de 1.000 euros<\/td>\n<\/tr>\n \nCon las dos \u00faltimas cifras del 1\u00ba, 2\u00ba y 3\u00ba premios:<\/td>\n 2.547 premios de 1.000 euros<\/td>\n<\/tr>\n \nReintegro:<\/td>\n 8.499 premios de 200 euros<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n <\/p>\n
2.- \u00bfD\u00f3nde lo cobro?<\/span><\/h3>\nSi eres el afortunado a quien le ha tocado la loter\u00eda de Navidad, depender\u00e1 de la cantidad que lo puedas cobrar en un lado o en otro. Si tu premio no supera los 2.500\u20ac<\/strong>, podr\u00e1s cobrarlo el d\u00eda siguiente en cualquiera de las administraciones de loter\u00eda<\/strong>. Sin embargo, si supera esa cantidad, deber\u00e1s dirigirte a una de las entidades financieras habilitadas<\/strong> para ello. Eso s\u00ed, siempre y cuando estemos hablando de d\u00e9cimos.<\/p>\nSo por el contrario, tienes una o varias participaciones premiadas<\/strong>, no podr\u00e1s acudir a la administraci\u00f3n de loter\u00eda, sino que tendr\u00e1s que remitirte a la empresa o persona encargada<\/strong> que las haya emitido.<\/p>\nEso s\u00ed, no te olvides de que s\u00f3lo tienes tres meses para poder cobrar los d\u00e9cimos premiados<\/strong>. Si pasado ese tiempo, acudieras a retirar el dinero, ya no habr\u00e1 posibilidad de hacerlo aunque demuestres ser el \u00fanico due\u00f1o del boleto.<\/p>\n3.- \u00bfCu\u00e1nto se paga de impuestos?<\/span><\/h3>\nLos premios que se obtienen de las loter\u00edas y apuestas del Estado tributan desde el 1 de enero del pasado a\u00f1o<\/strong>. Hacienda se quedar\u00e1 con el 20% de tu premio<\/strong> siempre y cuando sea superior a 2.500\u20ac. Pero no te preocupes, t\u00fa no tendr\u00e1s que encargarte de nada, es la propia administraci\u00f3n de loter\u00eda quien te entregar\u00e1 el premio con los impuestos ya descontados.<\/p>\nOtra de las dudas m\u00e1s frecuentes es si debemos incluir esa cantidad que nos ha tocado en la renta<\/strong>. La respuesta es no, no debemos incluir ni el premio, ni la retenci\u00f3n, pero s\u00ed los rendimientos o las inversiones<\/strong> realizadas con ese dinero.<\/p>\n4.- \u00bfQu\u00e9 pasa si el d\u00e9cimo es compartido?<\/span><\/h3>\nUn estudio realizado contempla que los espa\u00f1oles somos muy dados a compartir los d\u00e9cimos por tradici\u00f3n, por amistad, en el trabajo o entre familiares<\/strong>. Es m\u00e1s, tres de cada cuatro personas participan en esto de los d\u00e9cimos compartidos pero, \u00bfqu\u00e9 pasa si nos toca?<\/p>\nEn el caso de que nuestro d\u00e9cimo fuera agraciado por un premio grande, que se deba tributar, es necesario que todos los participantes en el d\u00e9cimo sean identificados<\/strong> por la persona que lo vaya a cobrar. De este modo se repartir\u00e1 la cuant\u00eda de la tributaci\u00f3n y no habr\u00e1 problemas de malos entendidos con las supuestas donaciones<\/strong>, las cuales est\u00e1n gravadas con un impuesto aparte.<\/p>\n5.- El premio le ha tocado a mi pareja, \u00bfme toca algo?<\/span><\/h3>\nNormalmente, los d\u00e9cimos se suelen comprar para dos, pero no siempre es as\u00ed. En el caso de que estemos hablando de un matrimonio en r\u00e9gimen de vienen gananciales<\/strong>, el premio se repartir\u00e1 entre ambos c\u00f3nyuges<\/strong>. Pero sin embargo, es un matrimonio en r\u00e9gimen de separaci\u00f3n de bienes<\/strong>, ser\u00e1 del afortunado que porte el d\u00e9cimo.<\/p>\nEn el caso de que le tocara a una pareja en gananciales pero en tr\u00e1mites de separaci\u00f3n o divorcio<\/strong>, deber\u00e1 ser demostrado, sin ser v\u00e1lida un simple abandono de la convivencia. En el caso de que quedara demostrado fielmente, el d\u00e9cimo ser\u00eda para aquel que portara el d\u00e9cimo seg\u00fan la Jurisprudencia del Tribunal Supremo<\/strong>.<\/p>\nSea cual sea tu situaci\u00f3n sentimental<\/strong> actual, aqu\u00ed te dejamos los rituales de Nochevieja para atraer la buena suerte el pr\u00f3ximo a\u00f1o en el caso de que no seas afortunado en el sorteo de Navidad de este a\u00f1o. Como siempre, piensa que lo importante es tener SALUD<\/strong>.<\/p>\nFuente Foto<\/strong> \u2013 Google Images<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Que nos toque la loter\u00eda de Navidad es toda una alegr\u00eda, y m\u00e1s si somos los afortunados de portar el n\u00famero del Gordo. Eso s\u00ed, debemos tener claras ciertas cosas que se nos pueden escapar a la hora de cobrarlo como d\u00f3nde acudir o qu\u00e9 impuestos hay que pagar. Durante los \u00faltimos tiempos ahorrar en…<\/p>","protected":false},"author":3,"featured_media":55435,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"ngg_post_thumbnail":0},"categories":[2339,2328],"tags":[1183],"yoast_head":"\n
Loter\u00eda de Navidad: \u00bfQu\u00e9 debemos hacer si nos toca?<\/title>\n \n \n \n \n \n \n \n \n \n \n \n \n\t \n\t \n\t \n \n \n \n\t \n\t \n\t \n